Apaguen las motosierras, pues desde la CAR seguiremos investigando y sancionando con todo rigor.

Frente a la decisión tomada por la Corte Constitucional en días pasados, en la que ampara los derechos de una pareja de adultos mayores del municipio de Chiquinquirá, permitiéndoles sustituir por trabajo comunitario, la sanción económica impuesta en 2021 por talar 4 robles (una especie vedada) sin permiso de aprovechamiento, el director de la Corporación Autónoma regional de Cundinamarca – CAR, Alfred Ballesteros dijo que, aunque acata la decisión de este alto tribunal, la Entidad seguirá aplicando con todo rigor las medidas establecidas por la normatividad vigente.

El funcionario explicó que, actualmente la figura de “trabajo comunitario” no ha sido reglamentada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como sanción frente a infracciones ambientales, por lo cual, hoy no resulta procedente imponer medidas como esta, en compensación por daños o afectaciones a los recursos naturales.

El caso se remonta a una denuncia recibida en 2021 por la CAR, por la tala de 4 robles de buen porte realizada sin el correspondiente permiso de aprovechamiento, por parte de dos campesinos de la vereda Sasa, en Chiquinquirá, Boyacá. Tras encontrarlos responsables de la infracción y actuando en el marco de la legislación vigente, la CAR les impuso la correspondiente sanción pecuniaria y la obligación de plantar 100 nuevos árboles de especies nativas.

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