CAR autorizó apertura de quebrada La Vieja, sujeto a cumplimiento de obligaciones

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, declaró por cumplidas las obligaciones por parte de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, tras un piloto que se adelantó desde el mes de octubre del año pasado, para permitir la apertura del sendero de la quebrada La Vieja, ubicado en la localidad de Chapinero en Bogotá, en el área de Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental, y que estuvo cerrado por casi dos años por orden de la entidad regional, debido a las afectaciones que generó el ingreso de visitantes a este espacio natural.

Tras este período de prueba, el pasado mes de febrero el Director de la CAR, Luis Fernando Sanabria, junto el Ministro de Ambiente Ricardo Lozano; la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Claudia López; la Secretaria de Ambiente del Distrito, Carolina Urrutia y la Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, Cristina Arango, realizaron un recorrido por el sendero para verificar que no se siguiera presentando afectación al ecosistema. Después de este, el equipo técnico de la Corporación evaluó minuciosamente el cumplimiento de cada una de las 18 obligaciones impuestas al Distrito para permitir esta apertura definitiva, de acuerdo a la petición hecha en ese momento por la mandataria capitalina a la autoridad ambiental.

La resolución de apertura fue emitida este viernes 10 de julio por parte de la CAR, sin embargo, será la empresa de Acueducto la encargada de definir la fecha pertinente para permitir el ingreso de visitantes, teniendo en cuenta la situación generada por la pandemia. Dicha resolución señala que “de conformidad con la situación de Emergencia que enfrenta actualmente el país, donde persiste el aislamiento obligatorio con ciertas excepciones, así como el establecimiento de cuarentenas estrictas por localidades en el Distrito Capital; los ciento veinte (120) días calendario a que se refiere el artículo comenzarán a correr cuando la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB bajo su responsabilidad así lo determine; de lo cual tendrá que informar previamente y por escrito a la Corporación.”

La CAR irá prorrogando el tiempo de autorización de apertura del sendero, conforme a la verificación cada tres meses del cumplimiento de las obligaciones, las cuales deben garantizar que no habrá daño al ecosistema.

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