El empresario Santiago Botero Jaramillo pide que la Corte Suprema de Justicia revise las actuaciones relacionadas con su proceso alimentario y familiar. Cuestiona una cuota provisional de $37 millones mensuales, su inscripción en el REDAM y denuncia que lleva cerca de cinco meses enfrentando obstáculos para compartir con su hijo. Su defensa también solicita que se investigue la actuación del comisario de familia Amín Francisco Sanabria Aislant.
Una disputa familiar que escala a los tribunales
La controversia familiar entre el empresario Santiago Botero Jaramillo y su expareja, Manuela Echeverri Hoyos, escaló a un nuevo escenario judicial. Botero solicita la intervención y revisión de las autoridades judiciales frente a una serie de decisiones que, según sostiene su defensa, estarían afectando sus derechos y, especialmente, el vínculo con su hijo.
El empresario asegura que durante cerca de cinco meses ha enfrentado impedimentos para compartir con el menor y afirma que su hijo estaría siendo utilizado como una “moneda de cambio” dentro de la disputa derivada de su separación.
En medio de sus cuestionamientos aparecen las actuaciones de Amín Francisco Sanabria Aislant, comisario de la Comisaría de Familia Permanente Turno 1 de Cartagena, funcionario frente al cual la defensa de Botero plantea reparos y solicita que sus actuaciones sean investigadas.
El caso adquiere especial relevancia después de un pronunciamiento divulgado por la Corte Suprema de Justicia el pasado 7 de octubre de 2026. Según la información aportada por la defensa, el alto tribunal, al estudiar otro caso relacionado con dos niñas cuyo padre impedía el contacto con su madre, reiteró que la obstrucción sostenida e injustificada del vínculo con el otro progenitor puede constituir una manifestación de violencia intrafamiliar y reclamó medidas eficaces para restablecer dicho vínculo bajo condiciones seguras.
Botero considera que estos criterios deberían ser tenidos en cuenta al analizar su situación.
$37 millones mensuales: la cifra que desató la controversia
Uno de los puntos centrales del enfrentamiento jurídico es la cuota alimentaria provisional de $37 millones mensuales que, según la defensa del empresario, fue establecida mediante el Auto 070 del 29 de mayo de 2026.
Sus abogados cuestionan la proporcionalidad de esa suma y aseguran que debería contrastarse con los gastos reales del menor, la capacidad económica de ambos progenitores y los pagos que Botero afirma haber venido realizando.
Según la información suministrada por su defensa, la expareja del empresario habría estimado previamente en aproximadamente $5.400.000 mensuales los gastos del niño, cifra que los abogados contrastan con los $37 millones establecidos provisionalmente.
Botero reporta, además, pagos mensuales por diferentes conceptos. Entre ellos aparecen $2.731.800 en consignaciones, aproximadamente $1.500.000 destinados a salud y medicina prepagada del menor y $5 millones correspondientes a la administración del apartamento donde residen su expareja y su hijo.
Esos conceptos representarían alrededor de $9.231.800 mensuales, aunque corresponde a las autoridades competentes determinar cuáles de esos pagos pueden ser reconocidos jurídicamente como parte de la obligación alimentaria.
La abogada Diana Paola Chavarro, quien hace parte de la defensa, sostiene además que su representado realizó cinco transferencias de $2.731.800 entre junio y octubre de 2026, que sumarían $13.659.000.
La petición de los abogados es que estos pagos sean examinados y que cualquier decisión tenga en consideración tanto las necesidades del niño como la capacidad económica y las obligaciones de sus dos progenitores.
Defensa denuncia demoras y cuestiona inscripción en el REDAM
La controversia no termina con el monto de la cuota.
Chavarro sostiene que durante cerca de cinco meses no se habría realizado la audiencia que la defensa esperaba desde junio y cuestiona las oportunidades que habría tenido su representado para controvertir la decisión provisional.
Otro capítulo particularmente delicado corresponde a la inscripción de Santiago Botero en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).
Según sus abogados, la inscripción se habría hecho efectiva el 11 de octubre de 2026. La defensa cuestiona el procedimiento y asegura que los pagos efectuados por Botero y las objeciones formuladas frente a los requisitos de la solicitud no habrían sido valorados adecuadamente.
Se trata, por ahora, de señalamientos formulados por la representación jurídica del empresario que deberán ser contrastados y resueltos por las autoridades competentes.
La defensa también cuestiona el trámite de una recusación presentada contra el comisario Amín Francisco Sanabria Aislant. Según los abogados, la Secretaría del Interior de Cartagena no habría remitido oportunamente al juzgado de familia los oficios necesarios para que se resolviera dicha solicitud.
Aseguran igualmente haber acudido ante organismos de control para poner en conocimiento estas situaciones y sostienen que aún esperan decisiones de fondo.
Una tutela entra en escena
El caso ya llegó a la justicia constitucional.
De acuerdo con la información entregada por la defensa, ante el Juzgado Segundo Civil de Cartagena cursa una acción de tutela relacionada con una posible vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
La actuación está identificada con el radicado 13001-40-03-002-2026-001059-00.
Dentro de ese trámite se cuestionarían, entre otros aspectos, la inscripción en el REDAM y las circunstancias bajo las cuales fue impuesta la cuota alimentaria provisional.
Será el despacho judicial competente el encargado de determinar si efectivamente existió alguna vulneración de derechos y qué medidas, si corresponde, deben adoptarse.
Restricción para salir del país también preocupa al empresario
La situación tendría además consecuencias sobre las actividades profesionales de Botero.
La Ley 2097 de 2021 establece entre las consecuencias asociadas al REDAM impedimentos relacionados con la salida del país y determinados trámites migratorios.
Botero sostiene que esta circunstancia genera un escenario complejo: afirma que si regresa a Colombia mientras permanezca vigente el impedimento, podría enfrentar dificultades para volver a salir del territorio nacional y atender sus compromisos profesionales en el exterior.
Según el empresario, esta situación termina produciendo un efecto adicional que considera especialmente doloroso: complicaría su posibilidad de regresar al país y reencontrarse con su hijo sin afectar simultáneamente sus actividades laborales.
“Mi hijo no puede ser una moneda de cambio”
Pero detrás de cifras, autos, registros, recusaciones y acciones judiciales, Botero insiste en que el centro de la controversia debe ser su hijo.
El empresario atribuye a su expareja los obstáculos que asegura haber enfrentado para mantener contacto con el menor y sostiene que el niño estaría quedando atrapado en medio de las diferencias surgidas tras la separación.
Por ello utiliza una expresión contundente para describir lo que, desde su perspectiva, está ocurriendo: afirma que su hijo estaría siendo utilizado como una “moneda de cambio”.
Botero solicita que las autoridades revisen integralmente el proceso: la determinación de la cuota provisional de $37 millones, los pagos que asegura haber efectuado, su inscripción en el REDAM, el trámite de recusación contra el comisario y, especialmente, las circunstancias que rodean el contacto con su hijo.
“En Colombia ningún niño debe convertirse en moneda de cambio de un divorcio ni quedar atrapado entre los intereses de sus padres y los presuntos abusos de una autoridad”, sostiene el empresario.
La defensa reclama igualmente que se investiguen las actuaciones del comisario Amín Francisco Sanabria Aislant y que cualquier decisión que se adopte tenga como prioridad la protección integral del menor.
Botero resume su petición en una premisa: “los derechos de los niños deben estar por encima de cualquier disputa y de cualquier abuso de poder”.
Mientras avanzan las actuaciones judiciales, serán los jueces y demás autoridades competentes quienes deberán establecer si las decisiones cuestionadas se ajustaron a derecho y resolver las controversias planteadas por las partes.


