El Juzgado Primero Civil Municipal de Bogotá sancionó al acordeonero Rafael Ricardo Barrios con la medida de arresto de dos (2) días y multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes equivalentes a 3 millones de pesos, que deberá pagar dentro de los próximos cinco (5) días al Consejo Superior de la Judicatura.
La decisión se dio en el marco del trámite incidental que declaró en Desacato al reconocido intérprete del acordeón, por el incumplimiento a la decisión de la Corte Constitucional en Sentencia SU 420 del 12 de septiembre de 2019 que le amparó el derecho a la honra y al buen nombre del reconocido compositor y abogado, actual Vicepresidente de La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia SAYCO, Rafael Manjarrez.
El Juez Primero del Circuito de Bogotá, Eduardo Andrés Cabrales Alarcón advirtió en la decisión, que “pese haber transcurrido un tiempo prudencial desde el proferimiento y ejecutoria de la orden impartida por la Corte Constitucional, el incidentado RAFAEL GUILLERMO RICARDO BARRIOS vulnera los derechos al buen nombre y honra de RAFAEL ENRIQUE MANJARREZ MENDOZA, como quiera que, si bien es cierto, cumplió con el retiro de varios mensajes alusivos al accionante, no es menos cierto que, el cumplimiento de la sentencia de tutela fue parcial, pues a pesar de haber eliminado varios mensajes alusivos al accionante publicados en sus redes sociales de Facebook y Google LLC (YouTube) en los términos de la sentencia de Unificación 420 de 2019 proferida por la Corte Constitucional, lo cierto es que, existe desobediencia frente a la advertencia hecha por el alto Tribunal consignada en el numeral quinto de la sentencia en comento, esto es “ (…) que a futuro se abstenga de incurrir en conductas similares a las expuestas. Todo lo anterior, so pena de activar el contenido del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991”.
El Juez aclaró además que: “Ello en razón a las manifestaciones reiteradas de la apoderada del accionante frente a los mensajes alusivos a RAFAEL ENRIQUE MANJARREZ MENDOZA que se siguen realizando en las redes sociales de Facebook y Google LLC (YouTube) del accionado a lo largo del trámite incidental, y que se encuentran acreditadas al interior del plenario”
Al respecto, la apoderada de Rafael Manjarrez Mendoza, Renata Franceschi Camacho, aseguró que: “en hora buena fue proferida esta decisión que busca el cese de las agresiones, vejámenes, injurias y calumnias a las que ha sido sometido mi defendido”.
Agregó la abogada que, de acuerdo con la decisión de la Corte Constitucional, la totalidad de las publicaciones deberán ser eliminadas y, de acuerdo con la actual decisión del Juzgado Municipal de Bogotá, una vez el proceso regrese de consulta, deberá ser remitido a la Fiscalía General de la Nación, para que ésta investigue la conducta desprovista de cualquier viso de legalidad del señor Rafael Ricardo Barrios, esta vez, por el presunto delito de Fraude a Resolución Judicial.
Franceschi anunció además, que en el evento, en el que el señor Rafael Ricardo Barrios no cumpla con el pago de la multa impuesta a favor del Consejo Superior de la Judicatura y una vez venza el plazo otorgado por el juez de tutela, se darán todas las herramientas necesarias para un posible embargo de sus regalías en Acinpro, entidad a la cual se encuentra afiliado el accionado en condición de intérprete.
ATENCIÓN: JUEZ ORDENA ARRESTO DE RAFAEL GUILLERMO RICARDO BARRIOS POR DESACATO DE ORDEN JUDICIAL.
El Juzgado Primero Civil Municipal de Bogotá sancionó al acordeonero Rafael Ricardo Barrios con la medida de arresto de dos (2) días y multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes equivalentes a 3 millones de pesos, que deberá pagar dentro de los próximos cinco (5) días al Consejo Superior de la Judicatura.
La decisión se dio en el marco del trámite incidental que declaró en Desacato al reconocido intérprete del acordeón, por el incumplimiento a la decisión de la Corte Constitucional en Sentencia SU 420 del 12 de septiembre de 2019 que le amparó el derecho a la honra y al buen nombre del reconocido compositor y abogado, actual Vicepresidente de La Sociedad de Autores y Compositores de Colombia SAYCO, Rafael Manjarrez.
El Juez Primero del Circuito de Bogotá, Eduardo Andrés Cabrales Alarcón advirtió en la decisión, que “pese haber transcurrido un tiempo prudencial desde el proferimiento y ejecutoria de la orden impartida por la Corte Constitucional, el incidentado RAFAEL GUILLERMO RICARDO BARRIOS vulnera los derechos al buen nombre y honra de RAFAEL ENRIQUE MANJARREZ MENDOZA, como quiera que, si bien es cierto, cumplió con el retiro de varios mensajes alusivos al accionante, no es menos cierto que, el cumplimiento de la sentencia de tutela fue parcial, pues a pesar de haber eliminado varios mensajes alusivos al accionante publicados en sus redes sociales de Facebook y Google LLC (YouTube) en los términos de la sentencia de Unificación 420 de 2019 proferida por la Corte Constitucional, lo cierto es que, existe desobediencia frente a la advertencia hecha por el alto Tribunal consignada en el numeral quinto de la sentencia en comento, esto es “ (…) que a futuro se abstenga de incurrir en conductas similares a las expuestas. Todo lo anterior, so pena de activar el contenido del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991”.
El Juez aclaró además que: “Ello en razón a las manifestaciones reiteradas de la apoderada del accionante frente a los mensajes alusivos a RAFAEL ENRIQUE MANJARREZ MENDOZA que se siguen realizando en las redes sociales de Facebook y Google LLC (YouTube) del accionado a lo largo del trámite incidental, y que se encuentran acreditadas al interior del plenario”
Al respecto, la apoderada de Rafael Manjarrez Mendoza, Renata Franceschi Camacho, aseguró que: “en hora buena fue proferida esta decisión que busca el cese de las agresiones, vejámenes, injurias y calumnias a las que ha sido sometido mi defendido”.
Agregó la abogada que, de acuerdo con la decisión de la Corte Constitucional, la totalidad de las publicaciones deberán ser eliminadas y, de acuerdo con la actual decisión del Juzgado Municipal de Bogotá, una vez el proceso regrese de consulta, deberá ser remitido a la Fiscalía General de la Nación, para que ésta investigue la conducta desprovista de cualquier viso de legalidad del señor Rafael Ricardo Barrios, esta vez, por el presunto delito de Fraude a Resolución Judicial.
Franceschi anunció además, que en el evento, en el que el señor Rafael Ricardo Barrios no cumpla con el pago de la multa impuesta a favor del Consejo Superior de la Judicatura y una vez venza el plazo otorgado por el juez de tutela, se darán todas las herramientas necesarias para un posible embargo de sus regalías en Acinpro, entidad a la cual se encuentra afiliado el accionado en condición de intérprete.