La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la medida de intervención forzosa administrativa para administrar a la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO de Barranquilla, por el lapso de un año.
Durante el ejercicio de funciones de inspección y vigilancia, se evidenciaron 49 hallazgos relacionados con fallas de carácter asistencial, administrativo y financiero que representan un riesgo para la oportuna prestación de los servicios de salud con atributos de calidad.
Con la medida de intervención, el superintendente ordenó la separación de la actual gerente de su cargo, la remoción de la junta directiva y la designación como agente especial interventor del doctor Fredys Miguel Socarras Reales, quien asumió el día de hoy las funciones de representante legal de la ESE, profesional con una amplia trayectoria y experiencia en el sector salud.
Los hallazgos relevantes que dieron origen a la medida de intervención fueron:
- Inadecuada e insegura prestación del servicio a los usuarios.
- No se garantiza la adherencia a los procedimientos de la Ruta Integral de Atención en Salud Materno – Perinatal.
- Ausencia de activación de ruta psicosocial.
- No realiza seguimiento a las condiciones ambientales de la conservación de los medicamentos encontrados en los servicios asistenciales.
- No cuenta con existencia de medicamentos y de insumos medico quirúrgicos, para la atención de los pacientes.
- No garantiza el cumplimiento de las condiciones y requisitos para la infraestructura de manera que garantice la seguridad en la atención.
- Inadecuado manejo de residuos hospitalarios.
- No cumplimiento de las condiciones y requisitos para el proceso de esterilización.
- Presenta un incremento progresivo en el déficit presupuestal; este hecho refleja que la ESE ha comprometido la mayoría de los gastos sin recibir la totalidad del ingreso.
- Inadecuada gestión financiera, produciendo desequilibrio en la operación.
- Ineficaz gestión del talento humano.
- El agente interventor designado tomará posesión del cargo firmando el acta correspondiente ante la Superintendente Delegada para Prestadores de Servicios de Salud y deberá presentar el plan de trabajo de la Intervención dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la toma de posesión de la entidad.