Por casos de acoso laboral, MinTrabajo ordena medidas de protección para trabajadoras de la Institución Universitaria de Colombia.

Gracias al trabajo del Grupo Élite de Inspección Laboral por la Equidad de Género, se emite por primera vez una orden histórica relacionada con una medida de protección a favor de dos de las trabajadoras denunciantes, de los actos de acoso laboral y violencia de género en la Institución Universitaria de Colombia.

La investigación administrativa realizada por la Dirección Territorial Bogotá del Ministerio del Trabajo avanza y determinará las acciones de fondo en el menor tiempo posible.

“La cartera laboral finalizó varias visitas en enero pasado y recopiló testimonios y evidencias que nos permitirán tomar una decisión de fondo en contra de la Institución Universitaria de Colombia”, señaló la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, quien dio a conocer estos casos por acoso laboral.

Reiteró: “como Ministerio del Trabajo debemos prevenir, promocionar e inspeccionar el cumplimiento de las normas laborales tanto en lo individual como colectivo, así como de seguridad social integral y de empleo. Este gobierno no permitirá acoso laboral, ni atropellos contra los trabajadores y cada día realizamos esfuerzos por disminuir la ocurrencia de conflictos y riesgos de violación de normas laborales”, señaló la Ministra.

Las denuncias fueron presentadas por varias trabajadoras por acoso laboral, más específicamente por presunta violencia laboral basada en género, en contra del establecimiento que está vinculado con el excongresista Carlos Moreno de Caro.

En las denuncias señalan, por ejemplo, que al parecer han sido presionadas para presentar sus renuncias e incluso señalan las presuntas víctimas, que los dueños de la institución les habrían ofrecido dinero a cambio de su silencio.

Una de ellas denunció además ante el Ministerio del Trabajo, que fue presuntamente incomunicada y constreñida con fotos y videos, lo que al parecer agudizó su estado de salud.

La medida de protección emitida se basa en las recomendaciones médicas de las EPS respectivas, en las que determina para una de las trabajadoras realizar teletrabajo para preservar su salud mental, y para la otra, el no cambio de horario laboral, luego de las quejas presentadas por acoso laboral, intimidación, violencia psicológica y hostigamiento, entre otras acciones.

El Ministerio también establece medidas provisionales y compulsa copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Secretaría Distrital de la Mujer, para la protección especial a favor de las trabajadoras, por los hechos denunciados y garantizar la prevención como principio fundante de la inspección laboral realizada.

Para el cumplimiento obligatorio de estas medidas de protección se fijó el plazo de un día calendario, dada la gravedad e inminencia de protección a las trabajadoras.

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