COLOMBIA APUESTA POR IMPULSAR LA INVERSIÓN ESPAÑOLA

Brindar condiciones favorables y recíprocas a las inversiones colombianas en España y a las españolas en Colombia bajo estándares más modernos, claros y específicos, es el propósito del nuevo Acuerdo de Protección y Promoción Recíproca de Inversiones (APPRI), que firmaron el presidente de Colombia Iván Duque Márquez y su homólogo español, Pedro Sánchez.

Se trata del primer acuerdo de inversión de nueva generación. Si bien Colombia y España tenían un APPRI cuyo periodo de vigencia terminó en 2017, éste dio paso a la negociación de uno más moderno, que toma en cuenta la evolución del derecho internacional en materia de inversiones y la potestad regulatoria del Estado.

Se trata del primer acuerdo de inversión de nueva generación. Si bien Colombia y España tenían un APPRI cuyo periodo de vigencia terminó en 2017, éste dio paso a la negociación de uno más moderno, que toma en cuenta la evolución del derecho internacional en materia de inversiones y la potestad regulatoria del Estado.

“Este Acuerdo garantiza un mayor equilibrio entre las necesidades y potestades estatales. Cabe resaltar que en la actualidad existe una discusión multilateral sobre estos Acuerdos y se insta a los países a modernizarlos. Colombia ha tomado esta línea de política adoptada por el Consejo Superior de Comercio Exterior, y España sería el primer Acuerdo modernizado vigente” explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.

Las cláusulas del Acuerdo anterior eran muy subjetivas y muy amplias. Por eso en este Acuerdo se definen de manera muy clara términos como inversión, expropiación indirecta y trato justo y equitativo, entre otros temas.

Adicionalmente, se agregan excepciones precisas en las que resulta claro que el Estado no es responsable por decisiones que se deban tomar para alcanzar objetivos legítimos de política pública, tales como la salud y el medio ambiente, y que puedan llevar a afectar o incumplir alguna obligación del Acuerdo.

Igualmente, aclara un punto fundamental en el sentido que no cualquier regulación que afecte a un inversionista puede dar pie para que se demande al Estado.

El Acuerdo establece que para que un inversionista demande al Estado debe demostrar que efectivamente incumplió una determinada obligación del Acuerdo, a través de mayores exigencias en materia probatoria.

También define reglas para los árbitros. Les exige estándares más estrictos: deben ser expertos en derecho internacional público, no pueden ser abogados y árbitros (juez y parte) a la vez en casos relacionados, y deben respetar las normas de conflicto de interés más avanzadas.

En caso de que un inversionista demande al Estado, el Acuerdo prevé medidas de transparencia para que el inversionista divulgue de dónde provienen los recursos que financian la demanda que presente.

“Este Acuerdo aún debe pasar los trámites por Congreso de la República y la Corte Constitucional, y una vez entre en vigencia, expirará el Acuerdo anterior”, anotó la Ministra Lombana.

El nuevo Acuerdo confirma que las relaciones entre ambos países son estratégicas. No en vano la inversión española en Colombia, que en 2020 alcanzó los US$1.810,6 millones, ubicó a ese país como el segundo inversionista en el país. En el primer semestre de este año, esos capitales alcanzaron los US$871 millones.

Los principales sectores en los que hay inversiones españolas en Colombia son: servicios financieros, telefonía móvil, salud, infraestructura y energía, entre otros.

MECANISMOS DE ATRACCIÓN

De otra parte, y dado el interés por atraer inversión extranjera de eficiencia, la estrategia de relocalización de empresas o ‘Importación de exportadores’, liderada por ProColombia, ha llevado a la segmentación de 12 empresas de España, las cuales se están contactando para evaluar posibles relocalizaciones en Colombia. Estas empresas están en los sectores de agroalimentos, industrias 4.0, químicos y ciencias de la vida, y metalmecánica.

Igualmente, se cuenta con el régimen de megainversiones con el que se busca atraer grandes proyectos que generen nuevas fuentes de creación de empleo, impulsen las exportaciones y la economía.

Este régimen es para sectores de alto componente tecnológico, tecnologías emergentes y comercio electrónico, energéticos, agroindustria, servicios basados en conocimiento y hotelería y turismo, entre otros, que realicen una inversión cercana a $1 billón o US$300 millones. Dependiendo del sector, en algunos casos deben generar 250 nuevos empleos directos y en otros 400.

Las inversiones involucradas deben realizarse en propiedad, planta y equipo productivo.

Este régimen ofrece una tasa de renta del 27%. Para los servicios hoteleros se mantiene la tasa del impuesto sobre la renta del 9%. Además, estarán exentos del impuesto sobre el patrimonio y de la renta presuntiva.

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