CAR impone medida preventiva en proyecto funerario que se adelanta en La Calera.

Por incumplir la norma sobre gestión integral de residuos generados en trabajos de construcción y demolición –RCD, la CAR Cundinamarca impuso medida preventiva consistente en la suspensión de estas actividades, realizadas en el marco de la ejecución del proyecto ‘Complejo Funerario Jardines de la Fe’ que se adelanta en el municipio de La Calera.

Previamente, la Corporación ordenó la apertura de una indagación preliminar en contra de la sociedad CONSORCIO EXEQUIAL S.A.S., encargada de adelantar el proyecto, por no presentar ante la entidad el Plan de Manejo Ambiental de RCD, obligación requerida por las actividades de generación de residuos de construcción y demolición que se hallaron durante una visita de verificación, realizada en el mes de febrero.

El proyecto, que se adelanta en el predio denominado Santa Rosita, ubicado en jurisdicción del Municipio de La Calera, vereda Altamar, además de incumplir con la norma de RCD, también va en contravía del objeto presentado en principio ante la autoridad ambiental, pues a la Corporación se le solicitó un concepto de viabilidad para el proyecto de Bosque Cenizario, que se relacionaba con el desarrollo de un bosque en el que se haría la siembra de árboles sobre las cenizas producto de la incineración de cuerpos, y en ningún momento se hizo referencia a un proyecto de Bosque Cementerio con la consecuente construcción de hornos crematorios y de bóvedas para depositar cadáveres, como el que se está ejecutando actualmente.

Ante la solicitud de este concepto de viabilidad, que fue presentado en enero de 2019, la CAR realizó la consulta pertinente ante Ministerio de Salud, en la que se aclara que las cenizas de cadáveres no representan un riesgo sanitario. Sin embargo, la entidad informó en su momento que se debía contar con el concepto de uso del suelo emitido por la Secretaría de Planeación del municipio o quien haga sus veces, en donde se indicara que este tipo de actividades -“Bosque Cenizario”-, estaban permitidas o se podían desarrollar de acuerdo con lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente del municipio. También informó que los permisos ambientales de su competencia, que se requirieran para el desarrollo del proyecto, de ser viable su ejecución de acuerdo con el concepto de uso del suelo, debían ser tramitados antes del inicio de las actividades.

En la última visita realizada por la CAR, en febrero de este año, el CONSORCIO EXEQUIAL S.A.S. manifestó que se encuentra desarrollando el proyecto, que cuenta con bahía de parqueaderos, áreas administrativas, bóvedas, cenizarios, capilla y dos hornos crematorios, en el marco de unas licencias de parcelación y construcción a través de la protocolización de un silencio administrativo positivo del municipio de La Calera, con escritura pública número 089 del 30 de enero de 2018 de la Notaría 16 de Bogotá.

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