Para evitar aglomeraciones y seguir cuidando a los ciudadanos, Distrito amplió hasta el 17 de agosto plazo para renovar la Revisión Técnico-Mecánica

Mediante la expedición de la circular número 21 del 28 de julio de 2020, la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) amplió por segunda vez el plazo para exigir el certificado de la Revisión Técnico-Mecánica (RTM) a los vehículos particulares y públicos matriculados en Bogotá que se les venció este requisito durante la cuarentena.

Eso quiere decir, que los propietarios de vehículos, cuyo certificado se venció después del 19 de marzo de 2020, cuando empezó el aislamiento preventivo obligatorio en la ciudad, y no han realizado ese trámite, tienen hasta el 17 de agosto para hacerlo, ya que el 18 de agosto la autoridad de tránsito exigirá que esté vigente, como lo ha venido haciendo con los automotores a los cuales se les venció antes de la cuarentena o están matriculados fuera de Bogotá.

Este nuevo plazo otorgado por la SDM se da para seguir cuidando a los ciudadanos y permitir que en las próximas tres semanas puedan realizar con anticipación este trámite y así evitar también congestiones en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA).

La SDM confía que esta segunda ampliación será suficiente para que todos los propietarios cumplan con esta revisión que se les debe practicar anualmente a los vehículos, para garantizar que transitan en óptimas condiciones.

La circular emitida tuvo en cuenta los nuevos anuncios de la Alcaldía Mayor en el Decreto 173 de 2020, en el cual se establece el aislamiento obligatorio por localidades, el Pico y Cédula y la restricción a la libre circulación de vehículos y personas, medidas que han permitido cuidar a los ciudadanos en una temporada clave para mitigar la propagación del Covid-19.

Asímismo, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 2 del Decreto Nacional 768 de 2020, que señaló que los términos se prorrogan automáticamente durante el tiempo que quedaron suspendidos los referidos Organismos de Apoyo a las Autoridades de Tránsito, y hasta un mes (1) después de finalizada la medida.

La medida de ampliación del plazo de exigibilidad de la Revisión Técnico Mecánica para los vehículos se tomó en cumplimiento de los programas de ‘Gestión pública efectiva’ y del propósito de ‘Movilidad segura, sostenible y accesible’ del Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024 ‘Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI’.

En Colombia, la Revisión Técnico-Mecánica y de emisiones contaminantes es una inspección de vehículos destinados al transporte público y privado, que se aprueba mediante la obtención de un certificado que permite la movilidad y usar las vías del país.

Para tramitar la revisión, se debe acudir con el vehículo a un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte. La página web del RUNT tiene disponibles para consulta los CDA habilitados ante el Ministerio de Transporte: http://www.runt.com.co/directorio-de-actores   

Se les recomienda a los propietarios y conductores de vehículos en Bogotá gestionar el certificado en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) ubicados en las localidades donde no esté restringida en su totalidad la movilidad por la pandemia.  

El personal del CDA revisa el vehículo y, si se ajusta a los parámetros o estándares establecidos, concede el Certificado de Revisión Técnico-Mecánica, el cual puede ser portado y presentado de manera virtual a las autoridades de tránsito.

De los vehículos se inspecciona y evalúa: el estado de la carrocería, llantas, frenos, dirección, suspensión, sistema de iluminación y pito, conjunto de vidrios de seguridad, entre otros aspectos.

La inspección y evaluación se complementa con un análisis de las emisiones de gases del vehículo, las cuales deben estar dentro del rango de contaminantes permitidos por la autoridad ambiental de Colombia.

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