El registro de la Defensoría del Pueblo da cuenta de que entre enero y mayo de este año hubo 41 desplazamientos forzados masivos y 33 confinamientos colectivos en el país.
Nariño, Cauca, Antioquia, Valle del Cauca, Chocó, Caquetá y Bolívar fueron los departamentos donde más se registraron los dos fenómenos, lo que se constituye en una clara violación a los derechos humanos e infracción al derecho internacional humanitario.
La entidad insiste en la necesidad de que sea expedido el acto administrativo que establezca una ruta de atención y asistencia, real y efectiva, a las víctimas de confinamiento. También, en la urgencia de agilizar los tiempos de atención y asistencia a las víctimas de desplazamiento.
El Bordo (Cauca), 21 de junio de 2024 (@DefensoriaCol). Un informe de la Defensoría del Pueblo indica que en los primeros cinco meses del año hubo 41 eventos de desplazamiento forzado masivo, los cuales afectaron a 13.588 personas (5.374 familias). Los departamentos más afectados fueron Nariño, con 17 desplazamientos; Cauca, con nueve; Antioquia, con siete; Valle del Cauca, con dos. El mes en el que más eventos de esa naturaleza se registraron fue marzo, con 15.
En el mismo periodo, la entidad nacional garante de los derechos humanos registró 33 eventos de confinamiento que pusieron en grave riesgo a 148 comunidades del país, con una afectación a 20.603 personas (9.478 familias). Los departamentos de Nariño y Chocó fueron los que más registraron confinamientos masivos forzados, con seis cada uno; les siguieron Valle del Cauca y Cauca, con cuatro eventos cada uno, y Caquetá y Bolívar, con tres cada uno. También marzo fue el mes con el mayor número de eventos de ese tipo, con diez.
En el marco de la conmemoración del Día Internacional del Refugiado y Desplazado, la Defensoría del Pueblo, además de que desde El Bordo, Cauca, dio a conocer este lamentable panorama de vulneración de derechos e infracciones al derecho internacional humanitario (DIH) derivado del conflicto armado, insistió en la necesidad de que sea expedido el acto administrativo que establezca una ruta de atención y asistencia a las víctimas de confinamiento.
Es necesario que sean tenidos en cuenta los escenarios de participación institucional y comunitaria discutidos en el proyecto de resolución elaborado por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (Uariv), e igualmente las observaciones realizadas por las mesas de víctimas, personerías municipales y otros organismos de control.
Efectos de la suspensión de las hostilidades
La suspensión de las hostilidades no ha significado la disminución de acciones violentas. En algunos casos redundó en el aumento de confinamientos en departamentos como el Chocó, y el aumento de desplazamientos forzados masivos, como en Caquetá y Nariño, particularmente en los municipios de Santacruz de Guachaves, Barbacoas y Samaniego, y en Valle del Cauca, de manera concreta, en el Distrito de Buenaventura.
Eventos de riesgo de desplazamiento
La información de la Defensoría del Pueblo, hecha a través de su Delegada para los Derechos de la Población en Movilidad Humana, recabó información de las comunidades en los territorios, con lo que dio cuenta de eventos de riesgo de desplazamiento y confinamiento: 90 entre enero y mayo del 2024.
El departamento del Cauca fue el que más eventos registró, con 24; Caquetá, 15; Antioquia, nueve; Nariño, ocho, y nuevamente marzo se constituyó como el mes con más eventos de riesgo latente de los dos fenómenos, con 25.
Recomendaciones a la institucionalidad
En el evento de conmemoración, del que formaron parte las mesas de participación efectiva de víctimas, plataformas defensoras de derechos humanos, personeros y alcaldes del Cauca y representantes de la cooperación internacional, la Defensoría también reiteró la urgencia de agilizar los tiempos de atención y asistencia a las víctimas de desplazamiento.
Además, recalcó la necesidad de emprender acciones que impidan prácticas inconstitucionales o bloqueos institucionales en la ruta de atención. Es importante, de igual modo llamó la atención, que haya flexibilización de requisitos que impiden la obtención de los censos de víctimas de confinamiento, en articulación expedita con las autoridades de pueblos étnicos.
La Defensoría del Pueblo también le recomendó al Ministerio del Interior, por intermedio de su Dirección de Derechos Humanos, establecer las transformaciones en las zonas de emergencias humanitarias recurrentes, con el fin de que sean desarrolladas acciones de prevención y protección que mitiguen los riesgos de desplazamiento y, a su vez, determinada la priorización en la atención y asistencia a las víctimas de desplazamiento forzado y riesgo de desplazamiento y confinamiento.