CNE da luz verde a los Tribunales Electorales para las 16 Circunscripciones de Paz

Con el propósito de brindar todas las garantías para que las elecciones de las 16 curules de paz, que representarán igual número de circunscripciones en el Congreso de la República, se realicen con total transparencia y
bajo las reglas establecidas, el Consejo Nacional Electoral -CNE- ordenó la creación de
los Tribunales Electorales Transitorios de Paz.

Estos Tribunales que estarán conformados de acuerdo al censo electoral de la zona rural de las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, funcionarán 3 meses antes de las elecciones y tendrán como tarea verificar dicho censo en cada uno de los municipios que forman parte de las circunscripciones y atender las reclamaciones presentadas en relación con las mismas.

Así mismo, deberán recibir y dar trámite a las denuncias que presenten los ciudadanos, candidatos, organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo las de mujeres, grupos significativos de ciudadanos, así como los
consejos comunitarios, los resguardos, las autoridades indígenas, las Kumpañy y funcionarios públicos, sobre irregularidades que se presenten en el proceso electoral.

Tendrán además que informar a las autoridades judiciales competentes, las conductas que eventualmente sean constitutivas de alguno de los delitos tipificados en el Código Penal, a fin de asegurar la vigencia de los derechos políticos y el libre ejercicio del derecho al sufragio.

En materia de publicidad, tendrán la función de monitorear y verificar el cumplimiento de las normas sobre propaganda electoral y de las órdenes proferidas por el CNE, relacionadas con la suspensión o retiro inmediato de la propaganda electoral que contraríe las disposiciones legales sobre la materia.

Los Tribunales Electorales también ejercerán funciones de vigilancia, inspección y control sobre la organización electoral, y demás funcionarios públicos que brinden
acompañamiento al proceso electoral.

Así mismo, deberán recibir y dar trámite a las denuncias que presenten los ciudadanos,
candidatos, organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones
sociales, incluyendo las de mujeres, grupos significativos de ciudadanos, así como los
consejos comunitarios, los resguardos, las autoridades indígenas, las Kumpañy y
funcionarios públicos, sobre irregularidades que se presenten en el proceso electoral.

Tendrán además que informar a las autoridades judiciales competentes, las conductas que eventualmente sean constitutivas de alguno de los delitos tipificados en el Código Penal, a fin de asegurar la vigencia de los derechos políticos y el libre ejercicio del derecho al sufragio.

En materia de publicidad, tendrán la función de monitorear y verificar el cumplimiento de las normas sobre propaganda electoral y de las órdenes proferidas por el CNE, relacionadas con la suspensión o retiro inmediato de la propaganda electoral que contraríe las disposiciones legales sobre la materia.

Los Tribunales Electorales también ejercerán funciones de vigilancia, inspección y control sobre la organización electoral, y demás funcionarios públicos que brinden acompañamiento al proceso electoral.

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